Vuelo cancelado o retrasado: cuánto te deben y cómo reclamarlo
Si tu vuelo se retrasó más de 3 horas al llegar a destino, fue cancelado o te denegaron el embarque por overbooking, el Reglamento (CE) 261/2004 te da derecho a una compensación de entre 250€ y 600€, aparte de cualquier asistencia (hotel, comida) que ya te hayan dado. Esto es lo que te corresponde y cómo reclamarlo.
¿Cuánto te corresponde según la distancia?
- 250€ — vuelos de hasta 1.500 km.
- 400€ — vuelos entre 1.500 y 3.500 km, y cualquier vuelo dentro de la Unión Europea de más de 1.500 km.
- 600€ — vuelos de más de 3.500 km fuera de la Unión Europea.
Hay una excepción: si el retraso en un vuelo largo (fuera de la UE, más de 3.500 km) fue de entre 3 y 4 horas, la compensación puede reducirse a 300€. Para cancelaciones, overbooking o retrasos de más de 4 horas en vuelos largos, se mantiene en 600€.
¿Qué cuenta como retraso de 3 horas?
Lo que importa no es la hora de salida, sino la hora real de llegada a tu destino final — el momento en que se abren las puertas del avión. Una aerolínea puede retrasar la salida y aun así, si el vuelo recupera tiempo en el aire, no llegar a las 3 horas de retraso en destino; o al revés, salir solo un poco tarde pero acumular retraso por el camino y sí superar el umbral. Lo que cuenta es siempre la llegada.
¿Y si fue por mal tiempo o una avería técnica?
Las circunstancias extraordinarias (mal tiempo real, huelgas externas a la aerolínea, riesgos de seguridad) eximen del pago. Pero una avería técnica normal de mantenimiento no cuenta como circunstancia extraordinaria según la jurisprudencia europea (caso Wallentin-Hermann) — solo si el fallo viene de algo fuera del control habitual de la aerolínea, como un defecto de fabricación detectado por el fabricante. Si la aerolínea alega mal tiempo, comprueba si otros vuelos del mismo aeropuerto salieron con normalidad a una hora similar: si fue así, la excusa pierde fuerza.
Pasos para reclamar
- Carta a la aerolínea citando el Reglamento (CE) 261/2004 y pidiendo la compensación que corresponda. Dales 30 días para responder.
- Reclamación ante la AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) si no responden o se niegan sin motivo válido — es quien puede hacer cumplir el reglamento en España.
¿Hasta cuándo puedo reclamar?
Tienes 5 años desde la fecha del vuelo para reclamar, así que si te pasó hace tiempo, todavía puedes hacerlo.
Reclama a tu aerolínea
El canal oficial de cada aerolínea y los pasos a seguir:
Antes de nada, usa la calculadora gratuita para ver si tu vuelo entra dentro del Reglamento y cuánto te correspondería — o genera ya la carta con el artículo exacto citado, lista para enviar, por 9,99€.
Calcula gratis cuánto te debenTambién te puede interesar
Mi equipaje se ha perdido, dañado o retrasado →
Huelgas de aeropuertos y aerolíneas: calendario y qué te corresponde →
Mi casero no me devuelve la fianza: qué hacer →
Me cobran de más en la factura: cómo reclamar →