Preguntas frecuentes

General

Sí. Generamos documentos basados en legislación pública, como cualquier modelo de reclamación. No somos un despacho de abogados ni prestamos asesoramiento jurídico: tú envías la reclamación en tu nombre.

Tu documento incluye los siguientes pasos: a qué organismo acudir y en qué plazo. No podemos garantizar el resultado de ninguna reclamación, pero sí que tu documento está bien planteado.

Rellenar el formulario lleva unos 3 minutos. El documento te llega al momento. La respuesta de la empresa depende de ella y de los plazos legales de cada caso.

En la mayoría de casos, no. Para vuelos y telecomunicaciones el proceso es administrativo. En fianzas, si se llega a juicio y el importe no supera 2000€, tampoco es obligatorio.

Sí. El plazo para reclamar un vuelo es de 5 años. Si el tuyo ha superado ese plazo, te lo diremos antes de cobrarte nada.

Vuelos

Los vuelos sobre los que la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) tiene competencia: en general, los que salen de España, o los que llegan a España operados por una aerolínea de la Unión Europea. Lo comprobamos antes de generar tu documento.

Según el Reglamento CE 261/2004, entre 250€ y 600€ dependiendo de la distancia del vuelo y del tipo de incidencia. Te mostramos el importe que corresponde a tu caso antes de pedirte el pago.

Dependiendo de los términos que aceptaste, es posible que hayas renunciado total o parcialmente a reclamar la diferencia en efectivo. Te lo advertimos antes de continuar para que lo revises.

Telecomunicaciones

Cualquier operadora que preste servicio en España: Movistar, Orange, Vodafone, MásMóvil, Yoigo, Digi, Pepephone, Simyo, Lowi, Finetwork, O2, Euskaltel, Telecable, R Cable, Virgin Telco y otras.

La OAUT resolverá tu reclamación, pero su resolución no siempre es de obligado cumplimiento para la operadora. Aun así, es el cauce oficial previsto por la Ley 11/2022 General de Telecomunicaciones.

Sí, si eres autónomo o microempresa (menos de 10 empleados). La OAUT solo atiende a personas físicas, autónomos y microempresas: las empresas más grandes deben acudir a la vía judicial o arbitral.

Fianza

30 días desde la entrega de llaves, según el artículo 36.4 LAU. A partir de ahí, empiezan a correr intereses legales sobre el importe no devuelto.

Si los daños son reales y proporcionales a lo retenido, esa parte de la fianza no tendría base para reclamarse. Si son exagerados, no están justificados o la retención es desproporcionada, sí puedes reclamar la diferencia.

Solo si tu casero no responde ni siquiera al burofax. En ese caso, la vía es un juicio verbal en el Juzgado de Primera Instancia del partido judicial del inmueble. Si el importe no supera 2000€, no necesitas abogado ni procurador.

Pagos y garantía

9,99€ fijo, sin porcentajes sobre lo que recuperes.

No te cobramos nada. Comprobamos tu caso antes de pedirte el pago, y si está bloqueado por algún motivo legal te lo explicamos sin coste.

30 días de garantía: si el documento tiene algún error o no puedes usarlo, te devolvemos el dinero sin preguntas. La garantía cubre el documento, no el resultado de tu reclamación.

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