Me piden más de tres meses de fianza: qué dice la ley
Muchos propietarios piden dos, tres o incluso cuatro meses al firmar un alquiler. Lo que decide si es legal no es cómo lo llamen, sino el total y la duración del contrato. Esto es lo que dice el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
La fianza y la garantía adicional
La fianza en metálico es obligatoria y equivale a una mensualidad de renta en el arrendamiento de vivienda (artículo 36.1).
Además, las partes pueden pactar cualquier otra garantía adicional, como un depósito extra o un aval (artículo 36.5). En viviendas con contratos de hasta cinco años, o de hasta siete años si el arrendador es persona jurídica, el valor de esa garantía adicional no puede exceder de dos mensualidades de renta.
Entonces, ¿tres meses es legal?
Sí. Tres mensualidades en total, una de fianza más dos de garantía adicional, están dentro del límite en un contrato de vivienda de hasta cinco años. No es ilegal que te pidan tres meses.
Lo que no puede ocurrir es pasar de ahí: si te piden cuatro meses, una mensualidad sobra. En contratos más largos que los plazos anteriores, ese límite no se aplica de la misma manera y lo pactado tiene más margen.
Un ejemplo: cuánto te sobra
Con una renta de 800€ al mes, el máximo legal entre fianza y garantías es de 2.400€, tres mensualidades. Si te pidieron 3.200€, cuatro mensualidades, el exceso es de 800€. Puedes comprobar tu caso con la calculadora gratuita de fianza.
Cuándo y cómo reclamar el exceso
Con nuestro asistente, el exceso se reclama junto con la fianza cuando el contrato ha terminado y has entregado las llaves. A partir de entonces tu casero tiene 30 días para devolverte la fianza; si se retrasa, el importe devenga el interés legal (artículo 36.4).
Si además tu casero no te devuelve la fianza o alega daños, tienes los detalles y los pasos en nuestra guía de fianza no devuelta.
¿Necesito abogado?
Solo si llega a juicio y el importe reclamado supera los 2000€. Por debajo de esa cantidad no necesitas abogado ni procurador para presentar la demanda tú mismo.
Revisado en octubre de 2026 con el texto vigente de la LAU en el BOE. Cada caso puede tener matices.
Puedes redactar el burofax tú mismo con esta información, o generar el documento ya redactado, listo para enviar, por 9,99€. Antes de pagar, el asistente te dice si tu caso tiene recorrido.
Empieza tu reclamación de fianzaTambién te puede interesar
Calculadora gratuita de fianza: exceso e intereses →